Adopción Nacional

Junta de Extremadura Consejería de Igualdad y Empleo




Requisitos Adopción Nacional


La adopción es un recurso que proporciona una alternativa familiar a aquellos menores que son susceptibles de adopción, es decir, niños que no pueden crecer y desarrollarse con sus familias debido a una situación de desamparo que exige su separación definitiva del núcleo familiar de origen.
A través de esta medida se establecen vínculos de filiación irrevocables entre el/los menor/es y la familia adoptiva, extinguiéndose la relación legal existente entre el menor y su familia biológica.


Los objetivos del programa de Adopción son:


  • Proporcionar a un niño o una niña que lo necesite un entorno familiar normalizado que les garantice un desarrollo físico, psíquico y social adecuado.
  • Proporcionar a los niños y niñas, así como a sus familias adoptivas, el apoyo necesario tanto en el proceso inicial de incorporación del menor a la familia adoptiva como en los momentos posteriores de la integración familiar.
  • Efectuar la tramitación de solicitudes de adopción de acuerdo con el marco legislativo autonómico, nacional e internacional de aplicación, proporcionando cuanta información y asesoramiento sea necesario para las familias adoptantes.
  • Podrán solicitar la adopción en la Comunidad Autónoma de Extremadura, aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos legales:
    • Ser mayor de 25 años. En el caso de matrimonios y parejas de hecho, que han de estar inscritas como tal en el Registro de Parejas de Hecho de la Consejería de Igualdad y Empleo, basta con que uno de los dos miembros cumpla este requisito.
    • Tener, al menos, 14 años más que el adoptado.
    • Ser declarado/s psicosocialmente idóneos por el órgano competente, que es la Secretaría General de Servicios a la Ciudadanía, Atención Sanitaria y Social y Familias.
    • Residir en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
    • En el caso de Adopción Internacional, la legislación vigente en el país de origen del menor: Será preciso cumplir con aquellas indicaciones, requisitos o restricciones que se establezcan por el país elegido por la familia y que podrían hacer referencia a estado civil, edad máxima o mínima, número de hijos, antiguedad del matrimonio o periodo de convivencia, entre otros.
La Consejería de Salud y Política Social, a través de la Secretaría General de Servicios a la Ciudadanía, Atención Sanitaria y Social y Familias, es la autoridad competente en materia de adopciones según la legislación vigente, correspondiendo a este organismo la emisión, en su caso, de Certificados de Idoneidad a familias candidatas a adopción y teniendo encomendada la gestión de la tramitación de expedientes.

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